lunes, 12 de abril de 2010

UGT informa que Málaga és la tercera provincia española en afiliación al Covenio especial de cuidadores NO Profecionales

La secretaria de Política Social d UGT Málaga, Alicia Fernández, subraya que sólo el 38,24% de dicha figura que recibe una prestación económica por cuidados del dependiente, tiene obligación de suscribirse a un convenio especialLa secretaria de Política Social de UGT Málaga, Alicia Fernández, informó hoy que Málaga es la tercera provincia de España en afiliación al convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia con un número de 8045 suscripciones obligatorias a dicho convenio y que sólo Barcelona y Cádiz superan a “nuestra provincia” en número de afiliación al convenio especial de cuidadores no profesionales. En España son beneficiarios de una prestación económica por cuidados familiares un total de 312.624 personas y solo 119.542 están afiliadas al convenio especial de cuidadores no profesionales, lo que supone el 38,24%.

La secretaria de Política Social de UGT Málaga indicó que los cuidadores no profesionales que no tienen obligación de suscribirse a este convenio son los que estén realizando una actividad profesional, los que se encuentren percibiendo la prestación por desempleo, o cuando tengan la condición de pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente o de tratarse de pensionistas de viudedad o a favor de familiares cuando tengan 65 o mas años.

La secretaria de Política Social de UGT Málaga subrayó que “si observamos con preocupación la generalización de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y cuidadores no profesionales, que se aproxima a nivel nacional a un 50% de toda las prestaciones que ofrece el catálogo de servicios de la Ley de Dependencia, mayor sorpresa nos produce saber que el 62% de éstos se encuentra en alguna de las situaciones descritas anteriormente”.

Fernández manifestó que desde “UGT siempre hemos demandado que se favorezcan los servicios profesionalizados de atención a la dependencia. Si bien en ciertos supuestos pueden ser necesarias las prestaciones económicas a los cuidadores, por ejemplo en el caso de que no haya servicios profesionales o por deseo de la persona dependiente de que le cuide un familiar, hemos defendido la excepcionalidad de estas prestaciones”.

Por último, Fernández subrayó que “creemos que el catálogo de servicios de la Ley de Dependencia ofrece una gran variedad de servicios y prestaciones que pueden cubrir mejor las necesidades del dependiente como son la ayuda a domicilio (64.481) y los centros de día o de noche (30.849), en los que se puede conjugar la atención profesionalizada del dependiente con la permanencia de estos en el entorno habitual. Servicios que, actualmente, sólo suponen el 15,82 % de todos los servicios y prestaciones ofertados en el catálogo, concluyó.