jueves, 17 de junio de 2010

¿ Reforma Laboral?

El abaratamiento y la agilización del despido constituyen las fórmulas clave que pone en marcha la reforma laboral para atajar la temporalidad excesiva. Tras elaborar varios borradores, el Consejo de Ministros aprobó ayer finalmente el decreto que regulará el mercado de trabajo a partir de mañana, con cambios que endurecen las medidas inicialmente propuestas e inclinan la reforma hacia las demandas empresariales. Se trata de una reforma de gran calado -"la más importante en 20 años", según la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega- que invalida la principal promesa del presidente del Gobierno al inicio de este proceso: "No habrá despidos más baratos ni más fáciles ni más libres"

El Ejecutivo consolida el abaratamiento del despido por una doble vía. En primer lugar, se abre la puerta a que cualquier vaivén en una empresa justifique el despido por motivos económicos, que comporta una indemnización de 20 días por año, frente a los 45 ordinarios del despido improcedente. La redacción final del decreto que hoy publicará el Boletín Oficial del Estado es mucho más difusa de lo previsto. En lugar de exigir pérdidas para justificar esos despidos, el Ejecutivo opta por considerar suficiente que "de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa".

Se trata de una redacción que permite cualquier tipo de interpretación judicial, pues en la categoría de situación económica negativa caben desde pérdidas hasta una caída de la facturación o una depreciación de activos. La intención del Ejecutivo ha sido dejar abierto ese criterio a las aportaciones que los grupos políticos harán durante la tramitación parlamentaria del decreto. El propio ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, explicó ayer a los periodistas que la mayor parte de los cambios introducidos respecto al planteamiento inicial obedecen a las sugerencias de los grupos (se entiende que los que tienen más visos de apoyar el decreto, principalmente CiU).

La segunda fórmula -la más clara- de abaratamiento del despido consiste en aplicar sin titubeos la pretensión inicial de este proceso: universalizar el contrato fijo con indemnización de 33 días, frente a los 45 ordinarios. La redacción final del decreto incluye en este contrato al único colectivo formalmente excluido hasta ahora: los hombres de 31 a 44 años que hayan sido despedidos de un puesto fijo, un muy amplio contingente.

De esa forma, el contrato de 45 días se mantiene para todos los ya vigentes, que en ningún caso se reformularán, y para los fichajes de trabajadores que pasen de una empresa a otra. "El Gobierno apuesta decididamente por que este contrato sea utilizado por el mayor número de personas posible", aseguró Corbacho tras el Consejo de Ministros. Tanto él como De la Vega insistieron en que la reforma pretende que el despido sea "la última opción". Resultará, eso sí, más fácil y barata.

Un instrumento para lograrlo será la financiación, a cargo de un fondo público, de parte de los costes de despido. El Fogasa, engrosado con cotizaciones empresariales, abonará ocho días por año de cualquier indemnización por despido económico (tanto del procedente de 20 días como del improcedente de 33 o de 45). Ese pago solo regirá para los contratos indefinidos suscritos a partir de la entrada en vigor de la norma -no se aplica a los ya vigentes- y siempre que la relación laboral haya durado más de un año.

A partir del 1 de enero de 2012, un nuevo fondo de capitalización se encargará de financiar parcialmente el despido con los criterios que se establezcan a través de una regulación específica. El decreto aprobado ayer subraya que ese nuevo fondo se introducirá "sin incremento de las cotizaciones empresariales", lo que siembra dudas sobre la forma de financiarlo. Preguntado al respecto, Corbacho no quiso aclararlo, aunque sí especificó que el cambio será neutro para las empresas. Es decir, si deben engrosar el nuevo fondo, lo más probable es que ese incremento de costes laborales se compense con rebajas en otras partidas.

Todas estas modificaciones escoran el texto a favor de las demandas empresariales. La única concesión a los sindicatos ha sido eliminar la figura obligatoria de arbitraje cuando la empresa y los trabajadores no se pongan de acuerdo en modificar las condiciones salariales, geográficas y organizativas del trabajo. La intención inicial era instar a una mediación obligatoria en caso de discrepancias. Con la nueva redacción -el Gobierno fue advertido de que el texto podía ser inconstitucional- el árbitro actuará solo si las dos partes están de acuerdo.